“RECHAZOS EN FRONTERA”: ¿FRONTERA SIN DERECHOS?

I+D+i IUSMIGRANTE.

Queridos amigos/as:
 El pasado 1 de abril entraba en vigor la nueva disposición décima de la Ley de extranjería, por la se crea la figura del “rechazo en frontera”, estableciendo un régimen especial para Ceuta y Melilla.
 Ante la sospecha de que esta nueva regulación pueda ser utilizada por el Ministerio del Interior para justificar la entrega sumaria a las fuerzas auxiliares marroquíes de personas interceptadas por la Guardia Civil ―práctica conocida como “devoluciones en caliente”―, hemos elaborado el informe
En él analizamos el nuevo marco jurídico para llegar a una serie de conclusiones, entre las que ha de subrayarse:
Las “devoluciones en caliente” siguen siendo radicalmente ilegales también a la luz de la nueva regulación
 La singularidad de Ceuta y Melilla en modo alguno justifica que en estos territorios se excepcione el Estado de derecho y se violen los derechos humanos
 El informe completo puede descargarse en: http://eprints.ucm.es/29379/
 Promovido desde el proyecto  I+D+i IUSMIGRANTE